27 octubre 2010

Sistema de incentivos al cumplimiento ambiental de la Ley Nº 20.417. Por Iván Poklepovic Meersohn*

Con gran afluencia de público y la presencia de numerosas autoridades, esta mañana inauguramos las V Jornadas de Derecho Ambiental bajo el título "Derecho Ambiental en tiempos de Reformas". La mesa nº3 sobre fiscalización y sanciones, comenzará a las 16:40 hrs. Entre otras presentaciones, Iván Pocklepovic, abogado de la PUC y Master en Derecho Ambiental Universidad de Pace presentará un análisis crítico del sistema de incentivos al cumplimiento ambiental presente en la Ley N° 20.417. Aquí un resumen de su presentación, cuyo texto íntegro estará disponible en el libro que lanzaremos al cierre del encuentro.


La Ley Nº20.417 en su artículo segundo crea la Superintendencia del Medio Ambiente, fijando su Ley Orgánica y establece por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico un conjunto de incentivos al cumplimento de la normativa ambiental en el procedimiento sancionatorio.

La Ley de la Superintendencia del Medio Ambiente mantiene el sistema de cumplimiento de la normativa ambiental basado en la estrategia de disuasión a través de la inspección y la sanción pero introduce, por primera vez, una estrategia basada en los incentivos al cumplimiento, poniéndose a tono con las modernas tendencias en materia de cumplimiento ambiental, que se dirigen a una actividad colaborativa entre los sujetos regulados y la entidad fiscalizadora.

Entre los incentivos introducidos por la Ley Nº20.417 se destacan la asistencia al cumplimiento de los sujetos fiscalizados, la autodenuncia, la presentación de programas de cumplimiento en el proceso sancionatorio y la presentación de planes de reparación en casos de daño ambiental.

La ponencia de Iván, tiene por objeto realizar un análisis crítico de las normas de la Ley de la Superintendencia que establecen incentivos al cumplimiento de la normativa ambiental, haciendo una reseña de la discusión parlamentaria de la Ley que las instauró. Además, las normas sobre incentivos al cumplimiento de la Ley se contrastan con el sistema de promoción al cumplimiento ambiental aplicado por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América (EPA), que puede servir como un parámetro válido respecto a lo pretendido con el establecimiento de una variedad de incentivos al cumplimiento en nuestro ordenamiento jurídico ambiental.

Si bien en una primera mirada podría concluirse que los incentivos al cumplimiento de la normativa ambiental de la Ley de la Superintendencia son beneficiosos para el objetivo buscado, una revisión más profunda nos revelará que existen o pueden existir variadas falencias, vacíos y debilidades que pueden hacer peligrar la intención del legislador de complementar el sistema de cumplimiento basado en la disuasión con esquemas más colaborativos o de cooperación, que tienen por objeto, entre otros, reducir los gastos del Estado en acciones de fiscalización y permitir que sean los propios sujetos regulados los que, en forma voluntaria y sin coerción, cumplan con las normas y exigencias ambientales que han infringido.

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