01 noviembre 2007

Tres útiles consejos de la sabiduría popular para sobrevivir en el sistema de protección medioambiental chileno

Por J. Cristóbal Sepúlveda C. alumno de 5to año Derecho U. de Chile

NOTA: Como parte de las actividades del Curso Clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, conocido como Clínica Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, en el modulo "Introducción al Conflicto Ambiental" impartido por la Prof. Valentina Durán, los alumnos de este semestre han escrito entradas para el blog del CDA, sobre temas de actualidad ambiental. Acá se presenta una de dichas entradas.

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En la presente entrada, quiero criticar, aconsejar y esbozar soluciones respecto al diario vivir de un Chileno que quiere ejercer sus derechos medio ambientales. Mi experiencia, para lo que leerán, fue adquirida en los cursos de medio ambiente de la Universidad de Chile y en el caso “Tomás Castillo”. Dicho caso, involucraba a una empresa refinadora de grasas que incumplía la normativa ambiental. Además esta empresa se encontraba mal emplazada, externalizaba sus costos y así dañaba a toda la comunidad que la rodeaba.

I.- Quien busca siempre encuentra.

Las soluciones a los problemas medio ambientales por su complejidad, no se encuentran en las leyes, ni en la Constitución. La legislación útil esta en los decretos supremos y reglamentos.

Lo general no sirve, primero el Tribunal Constitucional interpreta la palabra contaminación de forma normativa (Sentencia Rol 577-2006 / Pág. 15), es decir, hay contaminación cuando existe una norma que es sobrepasada. Ahora bien ¿Dónde esta esa normativa? Dicha normativa no se encuentra en las leyes, si no en los decretos supremos, y reglamentos. Así las cosas, tanto para demostrar que hay contaminación en una corte constitucional, corte ordinaria o en un servicio público, se debe demostrar el no cumplimiento de una normativa; la cual no tiene rango de ley. El problema es la difusión de dicha normativa, que no necesariamente es pública. De ahí que el abogado deba investigar para encontrar la normativa que solucione el problema. El caso “Tomás Castillo” no fue la excepción lográndose la clausura por medio del D.S. MOP 609 de RILES, junto al procedimiento de control y fiscalización (PROCOF).

Si bien la CONAMA, busca agrupar todas las normativas medio ambientales, dicho esfuerzo debería incrementarse, para que su acceso sea fácil, fiable y estén actualizadas. De esa forma se evitarían las asimetrías de información, que en materia medio ambiental, por regla general, benefician al infractor.

II.- Del dicho al hecho hay mucho trecho.

Luego de que encontramos la ley aplicable, podemos observar varios números y medidas métricas, que además de ser difíciles de entender; son también difíciles de medir. Que el ciudadano tenga la carga de probar si existe contaminación o no, es una carga muy onerosa para quien reclama. El costo del reclamo, a veces, es mayor al beneficio que se puede obtener y en otras oportunidades el costo de probar la contaminación no es financiable ni siquiera por quien reclama. En otras palabras, no sirve de nada que la gente tenga derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación (que existan normas de emisión y de calidad) si aquellos no pueden ejercer su legítimo derecho debido al alto costo del reclamo. De hecho eso fue lo que pasó en el caso Tomás Castillo. No servía de nada que existiera una normativa respecto a los olores, si cuando el inspector llegaba, la fábrica ya no estaba funcionando. El costo alternativo de hacer un estudio respecto a los olores, era algo que no se podía solventar. De esa forma, la normativa se hacia inoperante.

Así las cosas, la gente debe acudir frente a las autoridades, para que ellas tomen las medidas del caso y hagan las mediciones correspondientes. ¿Pero cual autoridad? Como se lee en otra entrada de este blog, si bien en la normativa puede estar claro a donde acudir, para el ciudadano no es tan clara la situación. Lo mejor sería en mi parecer crear un tipo como el Servicio Nacional del Consumidor -SERNAC- (con una fase de mediación y otra de juicio) pero para el medio ambiente, el cual pudiera defender a los ciudadanos; para que de esa forma puedan tener una opción de ejercer efectivamente sus derechos. Un ejemplo de una institución vigente en el sistema medio ambiental que actúa en pro de los ciudadanos es la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Gracias a ella y su poder de fiscalización, en el caso Tomás Castillo se logró mandar a hacer un monitoreo de los riles y con aquellos resultados se logró suspender el servicio de alcantarillado a la empresa, cuestión que gatillo su clausura por la SEREMI de salud. Todo esto a un costo soportable para quien reclama, ya que no se pagó por ningún estudio.

III.- Quien se apura en la Patagonía pierde el tiempo.

Los problemas medio ambientales necesitan soluciones urgentes, pero es difícil que el ciudadano entienda que una solución urgente tarde por lo menos 4 meses, teniendo presente lo difícil que es que las Cortes acepten un recurso de protección junto con una orden de no innovar. Existen plazos que deben cumplirse y por si fuera poco los funcionarios están colapsados y en ocasiones no dan abasto para cumplir con sus tareas. En el caso “Tomás Castillo” el reclamo ante la Contraloría, entró el 27 de noviembre de 2006 y fue resuelto 24 septiembre de 2007. Aquello fue una diligencia pida. Cada vez que fuimos a apurar dicha resolución, nos decían que esto se había visto de forma rápida, cuestión que según la práctica es así. La Clínica tomo el caso en el año 2004 y lo ha resuelto antes de terminar el 2007, aquello a todas luces es un éxito y un gestionar eficiente para los abogados. Empero por la comunidad aquello es un cansancio y una perdida de fe en las instituciones. La comunidad no tiene los mismos tiempos que los abogados, los problemas urgentes no deben tardarse tanto en solucionarse.

Una forma de aminorar los tiempos es hacer una especie de DICOM, bases de datos cruzadas como ocupa actualmente la SCD, en la cual los ingresos que se hagan por un problema medio ambiental se encuentren en línea. Yo pongo el RUT de una empresa o de un ciudadano y me aparecen los reclamos que éste tiene en las diferentes instituciones, como Superintendecias, SEREMI de Salud, Municipalidad y Contraloría. La tecnología ya existe, sólo cabe implementarla. Aquello produciría un doble efecto, permitiría coordinación entre los organismos e incentivaría que los empresarios cumplieran la normativa ambiental, debido a que los Bancos tendrían presentes aquellos datos antes de entregar un crédito; cuestión que repercutiría en las tasas de interés de los prestamos.

En conclusión, queda decir, que existen muchas cosas que mejorar en el sistema de protección del medio ambiente, ante lo cual hay que tener paciencia. Las normas por sí solas no solucionan los problemas. Deben ser monitoreadas ver si en la práctica son eficientes y viables. Yo planteo un control normativo ex-post, con el objetivo de conseguir un desarrollo sustentable, es decir, una rentabilidad en los proyectos que permita el crecimiento del país con el óptimo respeto al medio ambiente y específicamente poniendo a la comunidad en el centro de la discusión. De esta forma se “regularía nuestra relación con la naturaleza” (OST, Francois, Naturaleza y Derecho, p. 192), sin el eufemismo de afirmar que la naturaleza es un sujeto de derecho.

26 octubre 2007

"New deal" de Sarkozy, por Valentina Durán

Luego de convocar a inicios de su gobierno, a un amplio proceso de debate nacional que se llamó "Grenelle" de l'environnement, el Presidente francés anunció el 25 de octubre los resultados de esta experiencia. Sarkozy presenta estos resultados como un hito fundador y un nuevo trato ambiental en Francia, Europa y el mundo, y una revolución en la forma de pensar, en la política y en los objetivos.

La virtud de esta experiencia de debate y negociación totalmente original, es que se diseña un proceso que incluye a la sociedad en su conjunto, definida como un pentágono entre cinco actores: ONG, sindicatos, empresas, colectividades locales y Estado. Ha sido calificada, y con razón, como una innovación democrática.

Estos anuncios fueron hechos en presencia del presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso y del Premio Nobel de la Paz, Al Gore, quienes destacaron la eficacia y originalidad del proceso, que se expresará a través de una ley que se discutirá en el próximo invierno del norte.

Vale la pena detenerse en estos acuerdos emanados del Grenelle, propuestos por el Ministro de Ecología Jean-Louis Borloo, y reflexionar sobre ellos a la luz de lo que hoy se debate, y no se debate, en nuestro país:

  • Triplicar la superficie de agricultura biológica y congelamiento del cultivo de OGM. A cambio de ello los agricultores obtuvieron concesiones como la mantención del apoyo a los agro-combustibles, a pesar de la opinión de muchos que se plantean escépticos sobre su interés ambiental global.
  • Una disminución de un 50% del uso de pesticidas en un plazo de 10 años.
  • Normas más estrictas de eficiencia energética en la construcción.
  • Congelamiento del aumento de la capacidad de las vías de transporte terrestre, a cambio del fomento de medios alternativos como el fluvial y ferroviario
  • Ojo con esto: Reestablecimiento de la contribución del Estado al financiamiento del transporte público urbano.
  • Negociación en este modelo de cinco bandas (quintopartita?) de todos los grandes proyectos públicos teniendo en cuenta su costo para el clima y la biodiversidad.
  • Apoyo al principio de precaución. "Revertir la carga de la prueba", en palabras de Sarkozy: "ya no le corresponde a las soluciones ecológicas probar su interés, sino a los proyectos no ecológicos probar que no se pueden hacer de otro modo". Le reconoce al principio precautorio que no es de inacción sino de vigilancia y transparencia.
  • Apoyo irrestricto a toda propuesta de la comisión europea de endurecer la reglamentación comunitaria.
  • Dar más tiempo a la reflexión para la determinación del impuesto sobre el CO2 (no hubo acuerdo) fijando de todos modos el objetivo en “gravar más la contaminación, especialmente las energías fósiles, y menos el trabajo”.
  • Congelamiento de la creación de nuevas instalaciones nucleares.
    Investigación y energías renovables: Sarkozy afirma que el modelo de crecimiento está condenado y que el desafío es invertir masivamente para crear las condiciones de crecimiento de mañana.” Por cada euro destinado a la investigación nuclear se deberá destinar otro euro a la investigación en tecnologías limpias y prevención de riesgos.”

Finalmente, lo que me parece notable en términos políticos es que Sarkozy, un hombre de derecha que hasta hace poco no entendía de medio ambiente, se sinceró diciendo que "Para que un hombre como yo sostenga este discurso, es que Francia tiene que estar cambiando".

Más en Le Monde del 25 y 26 de octubre, editorial y artículos relacionados
Ecolo-Sarko
LE MONDE 26.10.07

© Le Monde.fr

23 octubre 2007

Clínica Ambiental logra clausura de empresa contaminante

Por María Nora González y Valentina Durán

CLINICA DE DERECHO AMBIENTAL LOGRA CLAUSURA DE EMPRESA CONTAMINANTE

Tras tres años de trabajo, el equipo de la Clínica Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, logró la clausura de la empresa Elaboradora y Procesadora de Grasas Tomás Castillo y Cía. Limitada, emplazada en la comuna de Quinta Normal.

La clausura de esta empresa fue dispuesta casi simultáneamente por dos vías. Por una parte, debió ser ordenada por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana, como consecuencia de la sanción de suspensión del servicio de alcantarillado dispuesta por Aguas Andinas y la SISS, debido al incumplimiento de las normas de descarga de residuos industriales líquidos (RILES) al alcantarillado. Por otra parte, la medida fue ordenada también por el Municipio de Quinta Normal, luego que la clínica obtuviera un Dictamen de la Contraloría General de la República, que declaró ilegal la actuación del Alcalde que prolongaba la permanencia de esta empresa molesta, que se encontraba mal emplazada según el uso de suelo permitido por el Plan Regulador Comunal.

Con esto se pone fin a las molestias que por largos años han debido soportar los vecinos del sector, tanto por los malos olores y ruidos causados con la operación de la empresa infractora, como por el mal uso del alcantarillado público, que experimentaba constantes obstrucciones con grasas, y debía ser destapado por la empresa sanitaria, cobrándose esto en algunas ocasiones indebidamente a los vecinos.

El curso clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos fue creado como parte de un proyecto MECESUP de innovación en la enseñanza del Derecho. Como curso interdisciplinario, es dirigido por la Profesora María Nora González e integrado por los profesores Luis Cordero, Valentina Durán, Ruth Israel y Lorena Lorca.
Nuevo: 30/10: Fueron muchos los profesores, alumnos y ayudantes de la Clínica Ambiental que participaron en este caso desde que la Clínica lo asumió. Es ingrato mencionar a unos omitiendo a otros, que han participado en éste y en otros casos resueltos por la Clínica Ambiental, pero nombraré a los alumnos de ese año que hicieron el último gran esfuerzo con gran entrega: Mélanie Bourgeois, Jessica Cayupi, Romina Chávez y Paula Paredes (hoy ayudante) en el primer semestre, y José Ignacio Gallardo, Juan Cristóbal Sepúlveda y Solange Villarroel en el segundo semestre.
Finalmente, también debemos reconocer la colaboración del programa "Esto no tiene nombre" de Televisión Nacional, y en especial del periodista Mario Valenzuela, quienes colaboraron con los vecinos en la denuncia de los infracciones cometidas por la empresa.

En la foto, operativo conjunto de fiscalización de Aguas Andinas y la SISS, en presencia del equipo de la Clínica Ambiental, de los vecinos y de TVN.

16 octubre 2007

19 de octubre 12:30 Nuevo Diálogo del CDA

QUINTO DIÁLOGO SOBRE INSTITUCIONALIDAD Y GESTIÓN AMBIENTAL

EL FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES (ERNC):
INSTRUMENTOS REGULATORIOS”
Viernes 19 de octubre de 2007 de 12:30 a 14:30h en la Sala de video conferencias, Edificio Santa María, Facultad de Derecho Universidad de Chile.

Actividad gratuita. Cupos limitados.
Inscripciones aquí o al 02-9785354 con Fanny Quintanilla, secretaria del CDA.

12:30: Expositores principales

- “Regulación de las Energias Renovables No Convencionales en Chile: neutralidad, fomento y mercado”. Francisco Agüero: Abogado, Prof. Facultad de Derecho U. de Chile, experto en regulación de servicios.
- “Incentivos regulatorios de las ERNC: experiencia comparada”. Mauricio Tapia, Abogado, Prof. Facultad de Derecho U. de Chile.
- “Política y fomento de las ERNC” Christian Santana, experto, Comisión Nacional de Energía.

13:30: Ronda de comentarios

- Mario Manríquez K, Asociación Chilena de Energías Renovables ACERA
- Hernán Durán, GESCAM.

Más información, documentos relacionados, aquí

09 octubre 2007

Climate Change Developments, por Bob Percival

Nota de la editora
Agradecemos al Profesor Robert Percival, Director del Programa de Derecho Ambiental de la Universidad de Maryland, por su contribución a nuestro blog, a través de la siguiente entrada, publicada originalmente en The Global Environmental Law Blog el 23/09/07, mientras transcurría la última Asamblea General de Naciones Unidas.
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While this week is “climate week” with the United Nations General Assembly session on Monday focusing on climate change and the White House hosting its own gathering on Thursday and Friday, there were important developments last week. As predicted in our August 26 blog entry, the parties to the Montreal Protocol on Substances that Deplete the Ozone Layer agreed on a more rapid phaseout of hydroflourocarbons (HCFCs) when meeting in Montreal last week to celebrate the 20th anniversary of the Protocol. Under the agreement HCFCs will be phased out in developed countries by 2020 and in the developing world by 2030, a decade ahead of the existing deadlines. This proposal was embraced as a means for obtaining far greater reductions in greenhouse gases at a much lower cost than the Kyoto Protocol. Durwood Zaelke deserves enormous credit for his work on promoting this proposal on behalf of NGOs. The idea was so compelling that it even received strong support from Boyden Gray, who currently is serving as the U.S. Ambassador to the EU as a recess appointee. (Gray is known for helping win adoption of the 1990 Clean Air Act Amendments while serving as White House counsel to President George H.W. Bush, but he later railed against them, and against environmentalists in general, after returning to work as an industry lawyer).
Other important developments on the climate change front in recent weeks included the September 12th decision by a federal district court in Vermont upholding state efforts to set limits on emissions of greenhouse gases by automobiles (the decision can be found at: http://www.vtd.uscourts.gov/Supporting%20Files/Cases/05cv302.pdf) and a September 17th decision by a federal judge in California dismissing the state’s climate change nuisance suit against automobile manufacturers as a political question (Available here)
In other news, the Vatican now claims to be the first state to entirely offset its carbon emissions by paying Klimafa, a new company, to plant trees in a 37-acre “Vatican climate forest” along the Tisza River in Hungary. See Elisabeth Rosenthal, “Vatican Tree Penance: Forgive Us Our CO2,” New York Times, Sept. 17, 2007, A1. (The Tisza River attracted international attention in January 2000 when a collapsed tailings pond cause a massive cyanide spill upstream in Romania). Environmental Defense and CERES filed a petition asking the Securities and Exchange Commission to require companies to disclose company estimates of the climate change risks their businesses face. New York Attorney General Andrew Cuomo has issued supboenas to some utilities to determine if they are hiding similar information. On Monday former President Clinton will release the results of the 2007 Carbon Disclosure Project, which requested data from 2,400 companies on how they manage climate change risks. For more information see http://www.cdproject.net/.
Tomorrow’s UN session will feature an address by Al Gore. While President Bush will not attend the actual session, 80 other heads of state are expected (Bush reportedly will attend the dinner following the session). On Thursday and Friday the White House will host its own climate change gathering with representatives of the largest emitters of greenhouse gases. The Bush administration has let it be known in advance that it will continue to refuse to commit to anything but voluntary measures, a position that will enable the developing countries present (China, India, Brazil and Indonesia) to refuse to endorse mandatory limits applicable to them.

13 septiembre 2007

Foro Energía VIII: Proyecto de Ley de Energías Renovables No Convencionales

Nota de la editora:
Esta entrada del ayudante del CDA
Sebastián Santamaría, es fruto de la línea de investigación y extensión sobre Cambio climático y Energía del CDA, y se elabora en preparación del V Diálogo sobre Institucionalidad y Gestión Ambiental, que tratará sobre la Política Energética Nacional.

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Por Sebastián Santamaría

Proyecto de Ley que introduce modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos respecto de la generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovables no convencionales: Alcances, implementación y sustentabilidad en el actual marco regulatorio energético chileno.

En la entrada del 14 de Mayo del 2007 presentamos un breve resumen del texto titulado “The Debate Over Fixed Price Incentives for Renewable Electricity in Europe and the United States: Fallout and Future Directions”, de los autores Wilson Rickerson y Robert C. Grace. Luego, en la entrada de ayer iniciamos la comparación entre los esquemas energéticos de la UE y EEUU y el caso de Chile, a la luz del mismo artículo.
A continuación, dentro de la misma línea de investigación relativa a los incentivos para las fuentes energéticas renovables, presentamos un breve comentario sobre el esquema energético chileno y el Proyecto de Ley, que actualmente se tramita, y que tiene por objeto introducir modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos respecto al tratamiento e incentivo en el desarrollo de energía mediante fuentes renovables no convencionales. Dicho proyecto fue ingresado a tramitación a través de un mensaje presidencial de fecha 11 de Abril de 2007. Actualmente se encuentra en etapa de Primer Trámite Constitucional, en la Comisión de Minería y Energía. Su texto íntegro se puede consultar siguiendo el siguiente enlace del congreso.
Este proyecto de ley refleja la adopción en Chile de un esquema eléctrico cada vez más heterogéneo. Se hace cargo de las deficiencias que actualmente presenta el marco regulatorio energético chileno en lo que respecta al desarrollo y promoción de fuentes energéticas no convencionales. Los antecedentes del proyecto enfatizan la importancia de las energías no convencionales para la diversificación de la matriz energética nacional y el consecuente grado de “independencia energética” que ello acarrearía, permitiendo a Chile dejar atrás la imagen de país energéticamente vulnerable y dependiente del precio internacional de los combustibles. Dentro de estos antecedentes, se sostiene que la razón de la escasa implementación de los proyectos de energías no convencionales a la luz del marco regulatorio energético vigente es que las empresas generadoras de energías no convencionales tienen menores posibilidades de suscribir contratos de largo plazo para la venta de la energía que producen a clientes finales no sujetos a regulación de precios o empresas distribuidoras. Ello por cuanto, a diferencia de las empresas generadoras que utilizan fuentes energéticas tradicionales, el marco regulatorio no permite a los inversionistas en este tipo de fuentes tener certeza acerca de los riesgos en que los mismos incurrirán al tratar de colocar en el mercado la energía que produzcan.

Sin duda que, hasta este momento, y conforme lo establecen los mismos antecedentes que motivaron la presentación de este Proyecto de Ley, el marco regulatorio energético chileno presenta una infinidad de puntos de convergencia con las “RPS” norteamericanas. Esto, por cuanto, como ya se ha señalado, dicho esquema se caracteriza por la competencia entre empresas generadoras de energía renovable para determinar cuál de ellas produce a más bajo costo dicha energía y, consecuencialmente, ingresa al sistema su producción. En Chile, la “incertidumbre” a que se refiere el Proyecto de Ley que presentan los generadores de energías no convencionales se refiere a la falta de una regulación específica de las energías no convencionales y una diferenciación clara entre éstas y las fuentes tradicionales. Esto produce que generadores tradicionales y no convencionales compitan dentro del mismo mercado, sin hacer distinciones en cuanto a la fuente utilizada. Sin duda que esto acarrea cuestionamientos e impide, de suyo, la implementación de infinidad de proyectos de energías renovables no convencionales. Como consecuencia, se entiende tácitamente que el marco regulatorio energético chileno se encuentra diseñado específicamente para soportar generación tradicional de energía y no alternativa.
En su Proyecto de Ley ingresado en abril, el Ejecutivo, consciente de esto último, enfatiza en la importancia de otorgar un tratamiento adecuado a las energías no convencionales, dada la importancia que ellas llegarían a tener dentro de la matriz energética nacional. Esta importancia no sólo se materializaría desde un punto de vista de seguridad y continuidad en el abastecimiento, sino también desde un punto de vista ambiental. Es por ello que dicho proyecto introduce a la Ley General de Servicios Eléctricos modificaciones que buscan no sólo fomentar la inversión en el ámbito de las energías no convencionales, sino además otorgar un carácter obligatorio a la generación energética mediante fuentes no convencionales. A mayor abundamiento, la “posibilidad” de que las empresas generadoras de energía no convencional suministren a las empresas concesionarias de distribución hasta el 5% del suministro requerido por éstas, se reemplaza por una “obligación” de acreditar que se ha generado cierta cantidad de energía mediante el uso de fuentes no convencionales, equivalente a un 5% de la energía retirada por las empresas eléctricas que comercializan energía en los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 MW. Esta obligación podrá hacerse exigible a contar del año 2010, plazo que se otorga a las empresas generadoras con el fin de que seleccionen los medios de generación con los cuales darán cumplimiento a la misma.
No cabe duda de que la presentación de dicho Proyecto de Ley conlleva a un acercamiento al esquema de las “feed-in tariffs” europeas, toda vez que, la sustitución de una mera “posibilidad” por una “obligación” en la generación energética en lo que respecta a la utilización de fuentes no convencionales, contribuye significativamente a incrementar la posibilidad de obtención por parte de las empresas generadoras de energía no convencional de contratos a largo plazo para abastecer a las generadoras tradicionales con el porcentaje requerido para su inserción de energía al sistema eléctrico.
Las “feed-in tariffs” europeas se caracterizan principalmente por lo mismo: la existencia de contratos a largo plazo que garanticen a las generadoras de energías renovables un cierto grado de estabilidad en el suministro y de respecto a la obligatoriedad de los contratos suscritos con las generadoras.

12 septiembre 2007

FORO ENERGÍA VII: Esquemas energéticos de EE.UU y la U.E. y marco regulatorio energético chileno.

Nota de la editora:
Esta entrada del ayudante del CDA Sebastián Santamaría, es fruto de la línea de investigación y extensión sobre Cambio climático y Energía del CDA, y se elabora en preparación del V Diálogo sobre Institucionalidad y Gestión Ambiental, que tratará sobre la Política Energética Nacional.
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En la entrada del 14 de Mayo de 2007, presentamos un breve resumen del texto titulado “The Debate Over Fixed Price Incentives for Renewable Electricty in Europe and the United States: Fallout and Future Directions”, de los autores Wilson Rickerson y Robert C. Grace.
A continuación, dentro de la misma línea de investigación relativa a los incentivos para las fuentes energéticas renovables, presentamos un breve comentario sobre el esquema energético chileno a la luz de lo sostenido en el citado texto respecto de los esquemas energéticos imperantes tanto en Estados Unidos como en Europa.

Descritos los esquemas aplicables en uno y otro lugar, es decir, el de las “RPS” norteamericanas y el de las “feed-in tariffs” europeas, surge inevitablemente la necesidad de comparar las políticas energéticas descritas en el citado texto con la política energética actual chilena en lo que a energías renovables se refiere. Dada la regulación de la actividad energética, es dable sostener que el esquema chileno se acerca más a las “RPS” norteamericanas que a las “feed-in tariffs” europeas. Ello por cuanto en Chile, antes de la Ley Corta I, no se hacía mención a las energías renovables ni se le otorgaba preeminencia alguna, toda vez que la preocupación por el medio ambiente que motivó a dar importancia a la energía renovable sólo se materializó mediante la promulgación, en 1994, de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Sin embargo, mediante la dictación de la Ley Corta I, y sobre todo, de la Ley Corta II, se vislumbró un avance hacia el esquema de las “feed-in tariffs”, pudiendo decirse, con propiedad, que el esquema de política energética vigente actualmente en Chile resulta ser un híbrido, es decir, reúne elementos tanto de las “RPS” norteamericanas como de las “feed-in tariffs” europeas.

Recién mediante la dictación de la Ley Corta I, o Ley Nº 19.940 de Marzo de 2004 se abrió el mercado mayorista a los generadores pequeños, con potencia instalada menor a 9 MW, la exención total de pago de peaje troncal para fuentes de energía renovable no convencionales para los mismos generadores, y un libre acceso a las redes de distribución. También se incorporó, respecto a generadores con potencia instalada que fluctuara entre 9 MW y 20 MW, una exención parcial de pago de peaje troncal. Dichas medidas, sin duda, buscaron crear competencia de precios entre los generadores de energía renovable, lo cual se asemeja al tratamiento adoptado para el esquema de política energética aplicable a las “RPS” norteamericanas, por cuanto éste último se diferencia de las “feed-in tariffs” en que las primeras buscan crear competencia entre los generadores de energías renovables para lograr, de este modo, la consecución de objetivos energéticos predefinidos al más bajo costo posible.

No obstante lo anterior, y en virtud de la dictación de la denominada Ley Nº 20.018, llamada “Ley Corta II”, se incorporó al marco regulatorio eléctrico chileno la creación de un mercado exclusivo para energías renovables no convencionales, en condiciones de precios similares a las empresas generadoras que logren contratos con distribuidoras. En virtud de esto, se logra en Chile un notable avance hacia las “feed-in tariffs”, por cuanto el elemento característico de éstas es el pago a largo plazo que se efectúa a las generadoras de energía renovable para, así, asegurar el suministro de las mismas por un plazo determinado.

La circunstancia que deriva de esta apertura, y de la consecuente intervención de empresas concesionarias de distribución, es que los generadores de energía renovable reciban este pago a largo plazo que caracteriza a las “feed-in tariffs”, pago materializado por la fuerza obligatoria de los contratos suscritos entre generadores y distribuidoras. Dichos contratos obligan, por un período extendido de tiempo, a los primeros a suministrar energía renovable por dicho período y, a los segundos, a pagar la prestación correspondiente en virtud del contrato de concesión que media entre ellas, garantizando una estabilidad tanto en el suministro, por un lado, como en pago directo por el mismo, por el otro.

Esto último contribuye a mejorar el nivel en la calidad del suministro de forma significativa, por cuanto, a diferencia de lo que ocurría hasta antes de la dictación de la Ley Corta II, y que es lo que ocurre actualmente con el esquema de las “RPS” norteamericanas, no existe competencia entre generadores de energía renovable para que el suministro que proporcionan sea del más bajo costo posible. Dicha falta de competencia ha influido sustancialmente en la calidad del suministro derivado de fuentes de energía renovable, por cuanto propende significativamente a abaratar costos en la generación energética. No obstante, dicho avance hacia las “feed-in tariffs” no es suficiente como para decir que en Chile se ha dejado atrás el esquema de las “RPS” norteamericanas.

De esta forma puede concluirse que en Chile, si bien el esquema de política energética vigente adopta una forma más norteamericana que europea, últimamente se ha avanzado, aunque no tan significativamente como se quisiera, hacia la política de las “feed-in tariffs”, siguiendo el ejemplo de Brasil, que mediante la adopción de dicha política, ha posibilitado el desarrollo de energías renovables de una forma más enérgica que el resto de la región, según ha quedado de manifiesto en la práctica al tratarse este país del mayor productor de bioetanol en la región. El esquema de las “feed-in tariffs” permite una mayor investigación y desarrollo del mercado de las energías renovables que el esquema de las “RPS” norteamericanas. En los países en vías de desarrollo es evidente la conveniencia de la aplicación del esquema de las “RPS” norteamericanas, en la medida en que no exista legislación calificada y suficiente y/o recursos que permitan el desarrollo de nuevas tecnologías de energías renovables. Por el contrario, si se cuenta con un marco regulatorio capaz de albergar en forma significativa nuevas fuentes energéticas renovables, y otorgarles un tratamiento y regulación que propenda a su desarrollo, sin duda que la aplicación del esquema de las “feed-in tariffs” europeas contribuye de forma mucho más significativa a su expansión y desarrollo.

06 septiembre 2007

Dictamen de la Contraloría sobre la autorización provisoria de la planta de gas en Peñalolén

Nota de la editora: A continuación una breve explicación del reciente Dictamen de la CGR sobre la planta de gas de Peñalolén, y su contexto. La emision de este dictamen motivó un recurso de protección encontra del Contralor, el 5/9/07 por Metrogas. Se trata de un caso en desarrollo, que estamos observando desde el CDA.
Invitamos a aportar sus comentarios al final de la entrada.
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Por Javiera Herrera, ayudante del CDA.
El pasado 21 de Agosto, la Contraloría General de la República (CGR) se pronunció negativamente respecto de la juridicidad de la resolución exenta Nº 368 de 2007 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (COREMA RM) que aprobó la Solicitud de Autorización Provisoria del Proyecto “Sistema de Respaldo de Red de Distribución de Gas Natural Zona Oriente de la Región Metropolitana” más conocido como el Proyecto Planta de Gas Propano de Peñalolén. Descargue el Dictamen 37731 de la Contraloría General de la República, de 21 de agosto de 2007, desde la sección Documentos de la web del CDA.

El 17 de Abril pasado Metrogas S.A ingresó al SEIA el proyecto, que consistiría en la construcción y operación de un “Sistema de Respaldo” al sistema de distribución de gas en la Zona Oriente de la Región Metropolitana, ante la eventualidad de interrupciones del suministro normal. Lo anterior, con la finalidad de hacer frente a futuros cortes de gas provenientes desde Argentina. Al día siguiente, haciendo uso de la figura legal contemplada en el artículo 15 de LBMA, METROGAS solicitó una Autorización Provisoria con el fin de iniciar algunas obras de la fase de construcción del proyecto, otorgando la correspondiente poliza de seguro exigida por la ley. Más información en Página del SEIA.
El dictamen de la CGR considera como no ajustada a derecho la resolución, por no corresponder el otorgamiento de una autorización provisoria respecto de un proyecto que atendida su naturaleza, no se encuentra permitido por la normativa, al no ser compatible con los usos de suelo previstos por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) para el Área de Preservación Ecológica de Peñalolén. Para arribar a esa conclusión la CGR efectúa una "interpretación armónica" de la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), su correlativa Ordenanza y las normas emanadas del PRMS.

En resumen, se señala que la aplicación del Artículo 55 de la LGUC, que regula el otorgamiento por parte de la autoridad administrativa, de autorizaciones de instalación de determinadas construcciones fuera de los límites urbanos, no puede implicar un desconocimiento de las facultades legales y reglamentarias de que ha sido investido el planificador intercomunal, las que también tienen su origen en la LGUC (artículo 34). Del tenor literal de artículo 55 no se desprendería una autorización genérica o zonificación general para la instalación de construcciones fuera del límite urbano, sino que tan solo se limitaría a establecer un procedimiento para la autorización de dichas instalaciones, el que no resulta incompatible con el establecimiento de reglas de zonificación por parte del planificador metropolitano.
Por lo tanto, el artículo 8.3.1.1 del PRMS que regula las Áreas de Preservación Ecológica, restringiendo o limitando sus usos y permitiéndo sólo las actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales, (donde no cabría el uso de suelo “infrestructura energética”) sería plenamente aplicable y obligatorio para la COREMA RM, al momento de otorgar las autorizaciones de funcionamiento tanto provisorias como definitivas.

La COREMA RM había decidido acatar la decisión y no interponer recurso de reconsideración ante la Contraloría, asumiendo el dictamen como vinculante. Además, acordó "abrir un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento" de invalidación de la Solicitud de Autorización Previa, según lo dispone el artículo 29 de la Ley 19.880 (sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado). Esto significa, afirmó la Intendenta Delpiano, "pedir informes a Conama RM, la Secretaría Regional Ministerial del Minvu y la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura". La autoridad regional, asimismo, fijó para el jueves 6 de septiembre una sesión extraordinaria de la COREMA para conocer estos antecedentes. Más información en CONAMA RM

Asumiendo una actitud diferente, el jefe de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda, Luis Eduardo Bresciani, aclaró que hasta esta fecha, tanto las normas de planificación urbana como las instrucciones impartidas nacionalmente sobre la materia por su cartera, no facultan a los planos reguladores a prohibir la localización de infraestructuras y sus instalaciones asociadas, ya que esta materia excede los poderes del Ministerio de Vivienda y el marco de regulación urbanística de estos planes. El funcionario ministerial recalcó que lo anterior está expresado en la Circular 173 de junio de 2006 del Minvu sobre usos de infraestructuras, entre los cuales se cuentan las instalaciones de infraestructuras energéticas, en la cual se indica que "como principio de carácter general, la normativa vigente no faculta la prohibición de localización de estos usos, sólo faculta establecer condiciones o requisitos que permitan el emplazamiento". Más información en El Mercurio, 25 de agosto.

Posteriormente, estas declaraciones fueron rectificadas por la ministra de dicha cartera, Patricia Poblete, quien dijo que su repartición sólo se expresó en cuanto a avalar la legalidad de las obras iniciales del proyecto, ubicado en un Área de Preservación Ecológica fijada por el Plan Regulador de Santiago: "Es un proyecto que Metrogas está viendo con el Ministerio de Energía. Lo único que hicimos fue un pronunciamiento respecto a la instalación de los estanques allá en Peñalolén", declaró la secretaria de Estado. Más en El Mercurio, 26 de agosto.
Por último, el titular de Energía, Marcelo Tokman, señaló que el dictamen de la Contraloría los tomó por sorpresa, pues “en el gobierno estamos convencidos de que tanto el proceso como los pronunciamientos de los distintos servicios se ajustan a derecho”, dijo, contraviniendo lo expresado por la entidad pública.

La autoridad precisó que existe preocupación en el Ejecutivo por el retraso que supone cualquiera de los caminos que Metrogas puede tomar para enfrentar el dictamen. “Todos sabemos que es un proyecto muy importante para asegurar el suministro de los clientes residenciales comerciales durante el invierno del próximo año. Nos preocupa la estrechez de los plazos. Hay que resolver la situación lo antes posible para que logremos contar con un sistema de respaldo si por algún motivo no hay gas suficiente desde Argentina”. Más información.
Finalmente, a las 12 de la tarde en punto de ayer, miercoles 5 de Septiembre, Metrogas interpuso un recurso de protección, en contra el contralor General de la República, Ramiro Mendoza. Más información en Economía y Negocios de El Mercurio

29 agosto 2007

SISS multó a CELCO Licancel con $435.850.800 por descargas ilegales

Publicado en página de la SISS.
Superintendencia de Servicios Sanitarios Multó a CELCO con 1.100 UTA
Santiago, 28 de agosto 2007: La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) dio por concluido el procedimiento de sanción iniciado el 13 de junio en contra de Celulosa Arauco y Constitución S.A. (Celco), Planta Licancel, Región del Maule, y resolvió aplicar una multa por la suma de 1.100 UTA (Unidades Tributarias Anuales), equivalentes a $435.850.800, por descargar aguas residuales en el río Mataquito, que no cumplieron con lo estipulado en el Decreto Supremo 90.
La Superintendenta de Servicios Sanitarios, Magaly Espinosa, informó que la sanción contra CELCO se adoptó por considerarse que es “responsable de descargas de residuos industriales líquidos que no cumplen con la normativa vigente” y por “poner en peligro la salud de la población”.
Tras los derrames de residuos industriales líquidos al Río Mataquito, la Superintendencia de Servicios Sanitarios inició una exhaustiva investigación para determinar las responsabilidades de CELCO, nombrando un equipo de fiscalizadores con presencia permanente en la planta, levantando actas de las fiscalizaciones, iniciando el procedimiento de sanción el 13 de junio pasado, analizando los descargos y los informes presentados por CELCO e incorporando en la investigación las resoluciones dictadas por autoridades sectoriales de la séptima región.
Finalmente, esta Superintendencia comunica que está vigente la suspensión de las descargas de la planta Licancel al río Mataquito hasta que la empresa acredite el correcto funcionamiento de su nueva planta de tratamiento de RILES (Residuos Industriales Líquidos) y que ésta cuente con todas las autorizaciones que le son aplicables y dé pleno cumplimiento a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

22 agosto 2007

Foro Energía VI: Ricardo Lagos "Hay que abordar el tema de la energía nuclear"

En preparación de nuestro próximo V Diálogo de Institucionalidad y Gestión Ambiental, que tratará la Política Enegética, reproducimos la siguiente entrevista al Ex Presidente Lagos, publicada en el Diario Financiero.

De Diario Financiero - Mejores Negocios, publicado el 22/08/07
“No se puede demonizar ni creer que es la solución a todos los problemas”, dijo el ex mandatario Ricardo Lagos: “Hay que abordar el tema de la energía nuclear”

No porque haya mucha discusión no se va a adoptar una decisión al respecto. En eso consiste el liderazgo.

Ricardo Lagos Escobar ha estado durante dos días en Santander, España, debatiendo sobre energía. Para hacerlo se ha sentado a la mesa con personalidades como el ex mandatario de Estados Unidos Jimmy Carter.En su calidad de presidente del Club de Madrid, Lagos lamenta que el mercado energético internacional se mezcle con temas políticos. Por eso, asegura que “no está en el debate” plantear la obtención de “gas por mar” en la relación con Bolivia. En ese sentido, recuerda que Rusia nunca le cortó el gas a Europa durante la guerra fría, todo lo contrario de lo que hace Argentina con Chile. “El mercado energético se estropea cuando interviene la política”, dice tajantemente.

En esta entrevista exclusiva con Diario Financiero, Ricardo Lagos también pide evaluar seriamente la producción de energía nuclear y espera que las exploraciones conjuntas anunciadas con Bolivia lleguen a buen puerto.

-Usted dice que no se debe mezclar el tema energético con el político. Eso es precisamente lo que ocurre en América Latina y lo que está sufriendo Chile.
-En el pasado conveníamos un precio y si yo lo pagaba, obtenía una fuente de energía. Ahora algunos piensan que además del precio se puede obtener algo adicional, y eso genera autosuficiencia energética, autarquía, lo que es una paradoja, porque se habla de integración en muchos ámbitos, menos en el energético. Si eso ocurre, el mercado energético no será el mejor de los sistemas. Si cada uno quiere la autarquía, tendremos costos mayores. Si se opta por la autosuficiencia y no por la integración energética, saldrá demasiado caro. El mercado energético se estropea cuando intervienen los intereses políticos.
-¿Es por esa mezcla de temas políticos y energéticos que Chile está sufriendo hoy una crisis en este ámbito?
-Hay una situación energética en el país por ciertos convenios que no se han cumplido, pero de ahí a decir que hay una crisis… Se está reemplazando el gas por petróleo y no ha faltado el gas domiciliario que es lo que siempre hemos dicho. Creo que se han tomado las medidas adecuadas.
-¿Entonces fue un buen o un mal negocio confiar en que Argentina, un país vecino, sería el proveedor de gas de Chile?
-Nadie confía, firma contratos. Lo que sí fue un buen negocio fue tener durante mucho tiempo gas y energía a precios muy baratos. Si el precio de la energía ahora está caro, pues lo está en todo el mundo. Lo que estamos haciendo es sincerar los precios.
-¿Cree que Chile debe evaluar la alternativa de la energía nuclear?
-Siempre me ha parecido que hay que abordar el tema de la energía nuclear con los suficientes conocimientos técnicos. No se puede demonizar ni creer que es la solución a todos los problemas, pero sí tenemos que reconocer que la energía nuclear, tecnológicamente hablando, está más cerca que antes: las plantas pueden ser menores y con un nivel de seguridad mayor. En Chile se ha conformado un grupo de trabajo que va a informar a la Presidenta y ese es el camino adecuado. Además, tenemos que ir viendo lo que está haciendo Brasil y Argentina. Ellos tienen la energía nuclear como parte de su matriz energética y han decidido renovar la energía nuclear en aquellos reactores que están llegando a su fin.
-¿Cuáles son las ventajas y las desventajas de la energía nuclear?-Está el viejo tema de la seguridad y qué hacer con los desperdicios. Esos son los dos grandes contra que tiene este tema, pero también hay un tema económico, para tener una mayor seguridad y que no se produzcan tragedias o accidentes. Desde el punto de vista de la contaminación, la energía nuclear es limpia, y eso es positivo. Y no es más cara, necesariamente.
-La discusión sobre la energía nuclear se politiza y se demoniza con facilidad.
-Yo estoy de acuerdo con eso, pero no porque haya mucha discusión no se va a adoptar una decisión al respecto. En eso consiste el liderazgo.
-¿No teme un rechazo de los ecologistas a esta discusión? -Ojo, los verdes ahora se están convirtiendo en “nucleares”, porque es una energía que no contamina.
-¿Cómo ve esta aparente lucha por el liderazgo político y energético en la región, con Brasil y su etanol por un lado y Chávez con su petróleo por el otro?
-Son posiciones absolutamente legítimas. Cada país tiene su propia matriz energética. Si usted tiene un país de la dimensión de Brasil y con sus condiciones agrícolas, estamos hablando de un continente. Es absolutamente normal que Brasil y el Presidente Lula digan que tienen tierras para producir biocombustibles y otras para producir alimentos. Probablemente otros países tienen que optar entre producir biocombustibles o alimentos, son países más pequeños y con dimensiones mayores. Si usted ve el nivel de población y de ocupación de la tierra en Europa y los compara con los de América Latina, no hay comparación, entonces la matriz energética también es distinta.
-¿Cuál es la matriz ideal para Chile entonces?-Con la matriz que nos hemos dado, tenemos la suerte de contar con un 55% de generación eléctrica que es hidroeléctrica, lo que nos coloca como un país donde las fuentes renovables y limpias son muy altas. Tenemos un muy buen estándar y por lo tanto nos podemos dar el lujo, muy importante, de la apertura de plantas de gas natural licuado en Quintero y seguramente en el Norte Grande, y eso nos va a dar mucha más seguridad energética.

Relación energética con Bolivia

-¿Cómo ve la posibilidad de iniciar exploraciones conjuntas con Bolivia?

-Eso dependerá de las condiciones económicas y políticas. Es algo abierto y me gustaría que fuera viable.
-¿Y cuando se plantea el intercambio de gas por mar no se están mezclando temas políticos y económicos?
-Eso no está en el debate. Yo creo que eso es una simplificación. Que yo sepa, nunca se ha planteado así.
-¿Cómo sigue su rol de enviado especial de Naciones Unidas sobre el cambio climático? ¿Es urgente lograr pronto un acuerdo?
-Hoy nadie discute que el calentamiento global fue producido por el ser humano. La inmensa mayoría de los informes científicos dicen que disponemos de 10 a 15 años para tomar acciones concretas porque tampoco nadie discute que el dióxido de carbono permanece en la atmósfera entre 100 y 120 años. Por lo tanto, lo que estamos sufriendo ahora es por lo que hicimos 120 años atrás. Si continuamos como ahora por los próximos 10 o 15 años, vamos a tener un nivel de contaminación en la atmósfera que puede tener efectos irreversibles. Lo que se haga después ya no tendrá ninguna importancia porque la contaminación que habrá en la atmósfera estará por 100 años. Así de concreto y así de grave es el tema.

17 agosto 2007

Amenaza a las áreas protegidas II: TIERRA DE NADIE

TIERRA DE NADIE

Por Eliana Fischman
Egresada de Derecho Universidad de Chile y memorista del CDA

Recientemente El Mercurio publicó un artículo que cuestiona la existencia legal del Parque Nacional Villarrica, por no encontrarse su dominio inscrito a nombre del Fisco. (En la entrada anterior)

Dejando de lado la coyuntura que motiva el artículo, la noticia evidencia una situación que afecta a la mayoría de las unidades que integran el denominado Sistema Nacional de Áeras Silvestres Protegidas del Estado.

En efecto la tenencia fiscal de las áreas protegidas en gran parte de las unidades es residual, esto es, queda exclusivamente amparada por el artículo 590 del código civil que señala que son del Estado todas las tierras situadas en territorio nacional que carecen de otro dueño. En otras palabras, las áreas protegidas no se encuentran inscritas en los registros respectivos a nombre del fisco, sea porque derechamente no tienen inscripción, porque se encuentran inscritas en una porción de su superficie total, porque carecen de inscripciones únicas, y las comparten con más unidades (por ejemplo una misma inscripción es compartida por 11 unidades), o porque se encuentran inscritas en mayor cabida y no en sus respectivos deslindes y superficies.

Las consecuencias que se siguen de lo anterior son perturbadoras. El Decreto Ley 2.695 de 1979 sobre Regularización de la Pequeña Propiedad Raíz, en su artículo octavo establece que se entienden por propiedades fiscales aquellas inscritas a nombre del fisco. Si las áreas protegidas no se encuentran inscritas a nombre del fisco, podrían no ser calificadas propiamente como bienes fiscales.

En consecuencia, les resulta aplicable el Decreto Ley recién citado y las áreas protegidas quedan expuestas a persistentes ocupaciones y regularizaciones de dominio en su interior, provocando severas disminuciones en sus superficies y modificaciones en sus deslindes. La misma reseña de El Mercurio alude a una superposición con terrenos privados en 35.000 hectáreas, más de la mitad de la superficie oficial del Parque Nacional. Esta situación se reproduce en la mayoría de las unidades sujetas a tutela. En el Parque Nacional Vicente Pérez Rosales, el primero de Chile que continúa como tal, la superficie reclamada por terceros supera las 3.000 hectáreas.

La enorme carencia en la regulación del SNASPE (comenzando por la ausencia de un marco normativo) y la falta de información oficial y vigente relativa a sus unidades, contribuyen a la vulnerabilidad de los recursos naturales del territorio nacional.

Los objetivos de conservación y preservación de la biodiversidad que se pretenden a través del establecimiento de áreas protegidas y los bienes y servicios ambientales que generan, son amenazados puntualmente por la precaria tenencia fiscal que ampara (o desampara) las áreas protegidas del estado.

16 agosto 2007

Amenaza a las áreas protegidas I: Tierra de nadie

Por Valentina Durán
Coordinadora de Investigación
Centro de Derecho Ambiental
En su edición del 16 de agosto, El Mercurio alude a una demanda entablada por empresas de turismo aventura en contra de la CONAF. Los demandantes sostienen que el cobro que la CONAF realiza por la entrada al Parque Nacional Villarrica es ilegal dado que ni la Corporación ni el Fisco contarían con títulos de dominio válidamente inscritos.
Supongo que la motivación de este grupo de empresarios no es negar la existencia jurídica del Parque sino probablemente obtener la reparación de los caminos públicos al interior de éste. Sin embargo, esta curiosa demanda hace visible el alarmante contexto de precariedad de los títulos de dominio de las áreas protegidas por el Estado de Chile, que constituye una amenaza permanente a nuestra biodiversidad.
La superposición y poca claridad en los deslindes y en la propiedad de estas áreas, va generando una lenta pero progresiva disminución de su superficie por la vía administrativa, a través de la regularización de los títulos de dominio, o por medio de ocupaciones ilegales. Con esto se afectan los servicios ambientales que estas áreas prestan, al interponerse usos del suelo incompatibles con su carácter de área protegida.
Tal como lo demuestra la investigación en curso del Centro de Derecho Ambiental, a cargo de la memorista Eliana Fischman, éste es un problema que bajo distintas formas afecta a todo el territorio nacional. Un claro ejemplo de ello es la disparidad entre la superficie de las áreas protegidas informada por las cifras oficiales y la realidad.
Valorar la biodiversidad de las áreas protegidas públicas implica comprender que el cuidado de su estabilidad jurídica es parte de su gestión y no debe dejarse de lado por cuanto se trata de la existencia misma de nuestro patrimonio natural.
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Polémica judicial por cobro de entrada: Cuestionan la existencia legal del Parque Nacional Villarrica

Empresas de turismo demandaron a Conaf, ya que dicen que lugar no está inscrito legalmente a su dominio.

IVÁN FREDES, TEMUCO.– El Parque Nacional Villarrica, que en las últimas semanas estuvo en la polémica debido al desastroso estado de su camino, es ahora el centro de un insólito litigio judicial que cuestiona su existencia legal.
Al menos 6 empresas de turismo-aventura demandaron a la Corporación Nacional Forestal (Conaf) por cobros ilegales de acceso al volcán Villarrica, situado al interior del parque nacional del mismo nombre, cuya administración de sus 65 mil hectáreas está su cargo.
Ese organismo público cobra una tarifa de $3.350 por cada turista que asciende al volcán, y $1.800 para visitar otros sectores en el área.
Las empresas, representadas por el abogado Adolfo Armanet, sostienen que el cobro es ilegal, por cuanto Conaf "no es dueña ni tiene títulos sobre el supuesto Parque Nacional Villarrica, pues no existe inscripción de dominio en su favor ni a favor del fisco que así lo acredite", sostuvo Armanet.
Efectivamente, en el Conservador de Bienes Raíces de Pucón, las 65 mil ha no están inscritas en sus registros, debido a que la inscripción fue rechazada en 1996.
Lo anterior, porque existe una superposición de títulos con propietarios particulares que inscribieron sus terrenos con anterioridad a la solicitud de la Conaf.
Del total de hectáreas, existen unas 35 mil que están inscritas por particulares, razón por la cual la superposición de títulos hace improcedente su incripción.
El director regional de Conaf, Mario Acuña, reconoció que el Parque Nacional Villarrica no está inscrito legalmente en el Conservador de Bienes Raíces y anticipó que el área jurídica está estudiando los hechos para regulizar el dominio del parque.

12 agosto 2007

Foro Energía V: Proyectos de Energía y Medio Ambiente

Después de un receso, este blog está de vuelta. Volviendo al tema de la Energía, rescatamos estas declaraciones de la Ministra de Medio Ambiente, publicadas en la La Nación el 10 de agosto de 2007.

Por José Miguel Jaque.
Ministra Uriarte dio lecciones de prudencia“El costo no lo va a pagar el medio ambiente”
Ana Lya Uriarte se cansó de los dimes y diretes que salen de boca de los actores que rodean el proyecto de HidroAysén. Pese a que reconoció el complejo escenario energético y golpeó la mesa afirmando que “la decisión final es de Conama”.

A la misma hora que los ejecutivos de HidroAysén daban a conocer su remozado proyecto de, ahora, cinco centrales hidroeléctricas en la XI Región, la ministra de Medio Ambiente, Ana Lya Uriarte, aseguraba -una vez más- no conocer el proyecto mientras no ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y mantenerse al margen de “polémicas, rumores y trascendidos”.
Pero esta vez, no se quedó ahí. Mientras ella ha guardado silencio sobre el proyecto de la sociedad Endesa y Colbún, sus pares no han hecho lo mismo. El ministro de Obras Públicas, Eduardo Bitrán, visó el proyecto por la prensa en diciembre pasado y a mediados de junio advirtió a HidroAysén que debía reducir en 40% las hectáreas inundadas. Su par de Energía, Marcelo Tokman, hizo lo propio: hace dos semanas dio una señal de apoyo al plan argumentado que los 2.400 MW “se requieren y no sobran”.
Lo que colmó la paciencia de Uriarte es que el director del Sernatur, Óscar Santelices, apoyara estudios sobre energía nuclear al salir en defensa de los ríos del país. Por eso, la ministra recordó ayer las lecciones de prudencia que la Presidenta Bachelet dio a su gabinete. “Este no es el momento para hacer pronunciamiento sobre ese proyecto. Sería imprudente hacerlo”, sentenció. “¿Si el ministro de Obras Públicas lo ha sido? El ministro Bitrán ha actuado conforme a lo que estima conveniente. Esta ministra actúa prudente e imparcialmente, y con antecedentes en la mano para hacer cumplir la ley. Todo lo que ocurra informalmente no es tema que nos interese y no constituye acto de Gobierno”.
Uriarte aseguró no sentirse presionada por estos comentarios porque “la decisión medioambiental de cualquier proyecto de inversión está radicada en Conama”. Tampoco le prestó el oído a quienes disfrazan este plan como un proyecto prioritario. “Nuestro país vive un problema energético completo, pero el costo no lo va a pagar el medio ambiente. Las malas decisiones traen malas consecuencias. En materia ambiental tomaremos buenas decisiones y dentro de los procedimientos legalmente establecidos. Mi tarea es garantizar que se cumpla la normativa y el ciudadano espera de esta ministra imparcialidad”.
Esa imparcialidad está asegurada, reafirmó la ministra, porque ella no tiene ni ha tenido reuniones ni telefonazos con los titulares del proyecto de Aysén. “No tengo contactos informales con la empresa, no tengo conocimiento de proyecto que no han ingresado al SEIA y sólo me pronuncio cuando tengo antecedentes técnicos que avalen mis dichos”.
Sobre los posibles impactos que este proyecto puede tener, la titular de la cartera verde prefirió generalizar de acuerdo a lo que mandata la ley. “No hay ningún proyecto que al implementarse no genere algún tipo de impacto medioambiental. Lo importante es que dentro del SEIA los costos sean evaluados, compensados, mitigados y evitados”. LN
Medio ambiente y abastecimiento energético en la balanza

La construcción de centrales hidroeléctricas en Aysén, que inundarán kilómetros de terreno, plantea el dilema entre conservar el medio ambiente en una zona que es Reserva Natural de la Humanidad y la necesidad de abastecer de energía al país para respaldar el crecimiento económico. Desde el terreno mismo, la empresa HidroAysén, un consorcio conformado por la multinacional Endesa y por Colbún (del grupo empresarial chileno Matte), anunciaron que construirán cinco centrales, pero que disminuirán la superficie anegada. En Santiago, la ministra de Medio Ambiente, Ana Lya Uriarte, advirtió que la decisión final sobre la construcción del complejo energético está en manos de la cartera que dirige. Precisó que todo proyecto económico altera el entorno, pero que las evaluaciones de impacto ambiental deben establecer cómo se mitigan los efectos de la actividad productiva.
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Noticia relacionada: Publicada el 2 de agosto de 2007 en EMOL: Directora Conama: Medio ambiente no pagará por crisis energética
(sic) Nota de la editora: el Mercurio todavía no se enteraba de que Ana Lya Uriarte es la Ministra de Medio Ambiente, y Alvaro Sapag el Director de la CONAMA.

29 junio 2007

Foro Energía IV: Cambio climático obliga a cambiar la visión económica, por Sergio Praus

Esta es una colaboración que nos envía desde Punta Arenas, el Blog del curso de Derecho Ambiental de la Universidad de Magallanes, editado por muestro amigo, Prof. Sergio Praus.
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"No necesitamos certeza absoluta de que el clima vaya a cambiar de cierta manera para justificar acciones, y de hecho el mundo científico ya ha evaluado que la probabilidad de que las consecuencias sean muy serias es muy grande".

Contundente, de esta forma se mostró el premio Nóbel de Química Mario Molina (1995), que reclama la puesta en marcha medidas globales que todo el mundo absorba*. Compartimos lo expuesto por el Sr. Molina. De hecho, todos los instrumentos jurídicos internacionales que abordan temas ambientales se sustentan en dos principios básicos, cuales son los principios preventivo y precautorio, los que también tiene manifestaciones explícitas en las legislaciones internas decada Estado. El reconocimiento jurídico de estos principios es una fuerte manifestación de una conciencia ética de la sociedad global. Han estado presente frente a problemas ambientales acotados y puntuales y también frente a problemas ambientales de mayor envergadura.

Es por ello que frente a un episodio condenable de daños ambientales (derrames de contaminantes, cortas ilegales de bosques, etc.), el cuerpo social repudia a las empresas, personas o grupos de personas responsables y exige sanciones drásticas. Pero también se evalúa a las autoridades públicas,.... ¿que falló?,..... ¿por qué no se fiscalizó,.... ¿como la autoridad no adopta medidas que eviten estos daños?....

En otras palabras, se exige aplicar medidas "preventivas", sancionando inclusive la "imprevisión" gubernamental, traducida en una negligencia", la cual inclusive puede ser constitutiva de cuasidelito civil, y en casos extremos en figuras penales.

Las legislaciones comparadas son exhuberantes en la cantidad de regulaciones sobre estas materias. El efecto invernadero, que está claramente afectando el ecosistema planetario, nuestro esquema de vida, fenómenos visibles y reales que han cobrado vidas humanas y lacerado dolorosamente a sociedades completas, da certidumbre al riesgo de concreción de las predicciones científicas -y ha comenzando a ser corroboradas por hechos reales-, y al menos a cambios sustanciales en los estilos de vida que actualmente conocemos.

De allí que el post de Mélanie Bourgeois, del 26 de Junio (El presidente de Estado francés, un ecologista de circunstancia?) tiene absoluto sentido. Quizás hay algo de oportunismo en el Presidente Francés, pero independiente de las intenciones, valgan las acciones. Las primeras son la antesala de las segundas y por lo mismo brindan esperanzas.

Lo anterior es coherente con lo que plantea una alumna de pregrado del curso de Derecho Ambiental de la Universidad de Magallanes, Viviana Villalobos. Señala en un post anterior, a propósito de los sarcasmos a la nominación de Ricardo Lagos como asesor del Secretario General de la ONU, que "más allá de las opiniones y tendencias políticas, el nombramiento de Ricardo Lagos como enviado especial de la ONU para el cambio climático debe ser visto como un logro para los ecologistas que critican y han criticado fervientemente la pobre gestión ambiental de su gobierno". "Porque esta aceptación hace suponer que el ex presidente se convirtió en ecologista o por lo menos hoy el tema lo conmueve más, por eso y por que es mejor para los que buscamos mejorar la catástrofe medioambiental que vivimos es que día a día es conveniente aceptar con los brazos abiertos a quienes se arrepienten de sus pasadas e irresponsables acciones y luchan por la causa del desarrollo sustentable".

Agrega que "Sólo me pregunto: si el señor Lagos volviera a ser Presidente ¿privilegiaría el medio ambiente o el desarrollo económico; buscaría conciliar ambos bienes o se pondría una venda en los ojos?..."

Dos frases propuestas y acuñadas por Viviana: "La idea es darle la oportunidad a cada individuo para que reaccione y colabore con su grano de arena para salvar la vida en la tierra, al menos omo la conocemos." "Es mejor no entrampar, ni ser mezquinos con quienes desean cambiar y tomanconciencia acerca de lo trascendente del tema. Es mejor dejar rencores y egoísmos atrás, para enfrentar con altura de miras un problema que efectivamente tenemos encima."

Punta Arenas, 28 de junio de 2007

* Los comentarios completos del Premio Nobel están disponibles en el periódico "Gara" (España, Estado Vazko), de fecha 26 de Junio

27 junio 2007

Competencias y fiscalización de ruidos molestos, por Jessica Cayupi

Jessica Cayupi es alumna de la Clínica Ambiental, primer semestre de 2007.

Nota de la Prof. Valentina Durán: Como parte de las actividades del Curso Clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, conocido como Clínica Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, los alumnos de este semestre han escrito entradas para el blog del CDA, sobre de temas de actualidad ambiental. Hemos seleccionado las mejores entradas.
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La normativa ambiental ha sido creada con la finalidad de prevenir, controlar y mitigar el deterioro ambiental; y especialmente la normativa de emisión de ruido con la finalidad de proteger a la comunidad de la llamada contaminación acústica. La regulación del ruido, sus procedimientos de medición y los criterios para clasificarlo son problemas complicados de resolver, dado la naturaleza del mismo, sus características como contaminante y las distintas respuestas de los receptores.

Sin perjuicio de lo complejo de su regulación, las formas en que su presencia perjudica a la comunidad son notorias, y van desde la pérdida de audición temporal o crónica, los trastornos del sueño, los disturbios en el rendimiento en tareas síquicas y sicomotoras, afectando en general de la calidad de vida. La presencia del ruido también puede traer otros efectos negativos, como es la pérdida del valor comercial de las propiedades afectadas por él, efecto que generalmente se verá acompañado de otros impactos que dependerán del tipo de fuente que lo genere.

El Decreto Supremo 146 de 1997 del MINSEGRES, que establece la norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas, señala que corresponde al Servicio de Salud fiscalizar la emisión de ruidos molestos, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a las municipalidades.

La SEREMI de Salud, organismos con competencia en esta materia, y me refiero en especial a la SEREMI de Salud o Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana, cuenta con agentes que poseen el conocimiento técnico adecuado para una correcta fiscalización, lo que nos hace suponer, que las denuncias por ruidos molestos interpuestas antes ella, serán eficaces.

No obstante lo anterior, la experiencia en la Clínica Ambiental me ha demostrado que las municipalidades son las entidades a la que la gente recurre en forma espontánea, al ser percibidas como socias en el esfuerzo para combatir sus problemas. Es aquí donde encontramos la mayor cantidad de denuncias sobre la materia, ya que en principio, la ciudadanía opta por dejar de lado la posibilidad de intervenir ante la SEREMI de Salud, quizás por una decisión de carácter personal, por falta de información o por problemas de distancias.

Este impulso natural de la comunidad de recurrir a los municipios, entrega a estas entidades la responsabilidad de hacerse cargo de las denuncias ciudadanas. Frente a esto, nos encontramos con la triste realidad de que los municipios no cuentan con los medios suficientes para fiscalizar la normativa de ruidos, debido a que sufren falencias tales como que los funcionarios que fiscalizan no poseen un conocimiento técnico adecuado o que los recursos económicos para tratar el tema son escasos. Asimismo, las funciones de estas instituciones son múltiples y la fiscalización de las normas ambientales es sólo una mas de ellas, por lo cual no representan una prioridad.

La experiencia también me ha demostrado que las municipalidades y la SEREMI de Salud sufren de debilidades conjuntas, que provocan que las denuncias de los vecinos pierdan el real potencial que podrían llegar a tener. Me refiero a la falta de coordinación existente entre ambos organismos en materias en que tienen competencias comunes, como es el caso de ruidos.

Entonces, ¿Qué pasa con las denuncias que las personas realizan ante los municipios? ¿Pueden tener algún grado de eficacia? Personalmente creo que la mayoría no la tiene. Los vecinos, ante la poca efectividad de sus denuncias ante el municipio, y al no recurrir ante el SEREMI de Salud por las diversas razones antes señaladas, pueden perder la fe en que sus problemas tengan solución y aprender a convivir con este tipo de contaminación. Luego, ¿dónde queda el acceso a la justicia ambiental? Ante esto, debería existir preocupación por una verdadera cooperación y coordinación entre estos organismos públicos, para lograr un resultado eficaz en menor tiempo.

Tal como señala Francois Ost, en su libro Naturaleza y Derecho, “en cuanto se adopta la lógica de la colaboración responsable, el juego se transforma y genera un beneficio mutuo: se trata de una partida con resultado positivo, en que las ganancias se suman en vez de neutralizarse”.[1]

Tal vez recurrir al municipio por ruidos molestos no sea una buena opción para la comunidad. Pero entonces, si la municipalidad tiene competencia en el tema de ruidos, y mas aún, si ha dictado una Ordenanza especial de ruidos ¿que rol cumple?

Mientras no exista una real preocupación de las autoridades por solucionar el fondo del problema, la Municipalidades, al verse imposibilitadas de cumplir con la fiscalización que la ley o sus propias ordenanzas les encomiendan, deberían guiar a la comunidad sobre otras instancias de acción, especialmente las que digan relación con el SEREMI de Salud, de igual manera, deberían derivar las denuncias recibidas a este órgano público especializado en el tema.


[1] OST, Francois. Naturaleza y Derecho, página 113.

26 junio 2007

Jefe de Estado francés ¿un ecologista de circunstancia? Por Mélanie Bourgeois

Mélanie Bourgeois, es francesa, egresada del Master de Derecho Ambiental de la Universidad de Paris I y alumna de la Clínica Ambiental en el primer semestre de 2007 como parte de su programa de movilidad estudiantil.
Nota de la Prof. Valentina Durán: Como parte de las actividades del Curso Clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, conocido como Clínica Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, los alumnos han escrito entradas para el blog del CDA, sobre de temas de actualidad ambiental. Hemos seleccionado las mejores entradas.
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Durante la campaña política del candidato Nicolas Sarkozy para las elecciones presidenciales, se pudo notar que el tema ambiental fue poco tratado. Por el contrario, Sarkozy planteo un programa que hubiera horrorizado todo ecologista. El tema laboral parecía suplantar el del medio ambiente y no se encontró ningún discurso acerca del planeta amenazado, o de la Carta del Medio Ambiente implementada por su predecesor.

Según sus asesores políticos, el tema no fue considerado como una orientación importante en su campaña, debido al hecho que sobre este tema, según ellos, la gente juzga sobre los actos y no sobre las intenciones.

Cuando Nicolas Hulot (ferviente ecologista famoso en Francia y también candidato para las elecciones) multiplicaba las presiones en favor de su Pacto Ecológico, Sarkozy fue el ultimo a firmarlo, y en la misma ocasión no ocultó su hostilidad en cuanto a la creación de un cargo de “Vice-Primer Ministro del Medio Ambiente”, prefiriendo un “gran Ministerio del Medio Ambiente, del Transporte y de la Energía”.

Limitándose a un discurso pragmático, Sarkozy ha preconizado una ecología que no dificulte lo social, ni el desarrollo económico, ni las actividades industriales. Esta síntesis pasa esencialmente por la política tributaria. Con este propósito, ha esgrimido el programa de su partido político el UMP (Unión para un Movimiento Popular) en el sentido de reformar en profundidad la “tributación verde” para incentivar los comportamientos loables. Su intención es doblar las rentas de los impuestos ecológicos, que representan actualmente 2,3% del producto nacional bruto francés. De este modo, propone instaurar un impuesto sobre los productos importados, proveniente de los países que no cumplen con las normas ambientales, y otro impuesto sobre los camiones extranjeros que cruzan Francia, para poder competir en el tránsito de carretera.

Junto con esto, Sarkozy se pronunció, durante su campaña, en favor de una disminución de la tributación de los autos limpios, los edificios con alta calidad ambiental y las construcciones de aislamiento de la residencia principal. Hay una clara opción por los instrumentos fiscales, como lo reitero Alain Juppé, el actual Ministro del Estado, Ministro de la Ecología, del Medio Ambiente y del Fomento de los Recursos Renovables.

Por otra parte, el Jefe de Estado sigue sin embargo privilegiando la energía nuclear, considerándola como “limpia”. Además, alega en favor del desarrollo de las energías de substitución y de los biocombustibles que podrían ser un futuro mercado por la agricultura francesa. Tratándose de los organismos genéticamente modificados, desea “discusiones” con los científicos, los agricultores y los industriales, pero sin moratoria previa.

A pesar de que su programa fue muy controvertido, ciertas personas han celebrado a una visión pragmática mas eficaz que lo que podrían hacer los “locos de la ecología” (esta “deep ecology” o ecología radical que François Ost mencionaba en su obra Naturaleza y Derecho).

Es así como las primeras medidas ambientales del Presidente Sarkozy parecen positivas:

Primer acto: Con gran sorpresa, los ecologistas escucharon al Presidente declarar, durante el primer día de su elección que el calentamiento global será “el primer combate de Francia”.

Segundo acto: El ex - Primer Ministro encabeza un “súper ministerio” de la ecología, del desarrollo económico y del fomento sustentable, cuyas competencias son considerablemente amplias, debido al titulo de Ministro de Estado y al rango de número dos. Cabe recordar que la ex Ministra, Nelly Olin, estaba solamente en el decimotercer rango de la jerarquía del gabinete.

Además, a las competencias tradicionales del tema ambiental, se añaden la política del transporte, del urbanismo, del mar, de la energía y de fomento del territorio. Al respecto, basta referirse al decreto de atribución publicado el 30 de mayo: siete paginas enumeran las competencias del nuevo Ministro, lo que debería en teoría, dar a Alain Juppé toda libertad para alcanzar el objetivo del desarrollo sostenible en el marco de las nuevas competencias otorgadas.

Empero, hay que esperar que estas palabras y esta reforma institucional no sean solamente medidas para tranquilizar los defensores de la ecología. Se comprobará en el futuro la real voluntad del Presidente de respaldar políticamente y jurídicamente el medio ambiente.

21 junio 2007

Sumarios Sanitarios: Inefectividad de las multas en materia ambiental, por Romina Chávez

Por Romina Chávez Fica, alumna de la Clínica Ambiental, primer semestre 2007.

Nota de la Prof. Valentina Durán: Como parte de las actividades del Curso Clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, conocido como Clínica Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, los alumnos han escrito entradas para el blog del CDA, sobre de temas de actualidad ambiental. Hemos seleccionado las mejores entradas. Hoy presentamos la primera contribución de esta serie, preparada por la alumna Romina Chávez Fica.
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Durante mi participación en la Clínica de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos impartida por el Departamento de Enseñanza Clínica del Derecho de la Universidad de Chile, pude comprobar que en una parte importante de los casos que se están conociendo, se han seguido sumarios sanitarios en contra de industrias contaminantes, por emisión de ruidos molestos, malos olores y material particulado, entre otros problemas. La gran mayoría de estos sumarios sanitarios termina con la imposición de multas.
Según el Código Sanitario, debe aplicarse multa a menos que la infracción de que se trate tenga asignada otra sanción especial, y excluya expresamente esta sanción pecuniaria. Las multas pueden ir desde 0,10 UTM a 1000 UTM, y en caso de reincidencia, esta multa puede duplicarse en su valor. De esta forma, nos encontramos con que la multa es la sanción de aplicación general, pero ¿es realmente efectiva para obtener el cumplimiento de la normativa sanitaria?

A mi juicio, la aplicación de multas por parte de la Autoridad Sanitaria, en la práctica no constituye un incentivo adecuado para que quien contamina deje de hacerlo. Las multas aplicadas en los casos que llevamos en la Clínica, son de montos de alrededor de 10 UTM. Esto hace que, en comparación con los costos de adaptar su tecnología de modo de mitigar el impacto ambiental, al empresario infractor puede resultarle más conveniente internalizar las multas como un costo a asumir periódicamente, en lugar de invertir en mejoras tecnológicas. De otra parte, los montos que se cobran por concepto de multas, en ocasiones no dicen relación con las proporciones de las empresas sumariadas. Así, hemos visto como a empresas que manejan negocios millonarios, se le cursan multas de 10 UTM, lo que como es de suponer no tiene el efecto disuasivo esperado.

En el Manual de Fiscalización Sanitaria publicado por el Departamento de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, en el 2005, se señala que para la determinación de la sanción a aplicar ante infracción a la normativa, deberán considerarse elementos tales como la repercusión epidemiológica y la reincidencia, considerándose que existe esta última cuando dentro de los 12 meses anteriores se haya aplicado una sanción al sumariado por sentencia sanitaria. Sin embargo, posteriormente se señala que la aplicación del concepto de reincidencia finalmente queda entregada a la discrecionalidad de la Autoridad Sanitaria Regional, la que deberá resolver teniendo en cuenta el riesgo de la actividad de que se trate. Esta discrecionalidad determina que en los casos que hemos conocido, se hayan aplicado multas de igual valor una y otra vez, en conflictos que se extienden por años, sin que la situación de la comunidad afectada mejore sustancialmente.

Otro tema relevante es que para el microempresario que contamina, y que no tiene los medios para mejorar su tecnología, el hecho de que se le cursen multas sólo empeora su situación. Si no se le ofrece una solución para adaptarse a la normativa, se ve forzado finalmente a desaparecer. En este aspecto urge que a nivel de gobierno se realicen programas destinados a crear conciencia en las entidades financieras de la importancia del otorgamiento de créditos a pequeños y medianos empresarios para inversiones en materia ambiental*.
Desde otro punto de vista, la multa tampoco es eficaz para obtener la satisfacción de los intereses de la comunidad afectada por la actividad industrial, ya que no detiene su funcionamiento, y, al ser a beneficio fiscal, no entrega ningún tipo indemnización para los vecinos por los perjuicios causados. Quizás una manera de remediar esto, sería que un porcentaje de la multa fuera en beneficio de los afectados, como ocurre con los delitos contra la propiedad intelectual, en que el denunciante tiene derecho a percibir un 50% de la multa.

Es cierto que junto con imponer multas, las sentencias sanitarias imponen la obligación al sumariado de ajustarse a la normativa, y que posteriormente se efectúa una fiscalización de la sentencia. Sin embargo, según nuestra experiencia, en esta etapa por lo general la Autoridad descubre que no se han efectuado los ajustes necesarios, y como consecuencia de ello, inicia un nuevo sumario sanitario, en un círculo vicioso en que se aplican muchas multas, pero los problemas persisten.
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* Al respecto sugiero ver “Políticas e Instrumentos para Mejorar la Gestión Ambiental en Chile y Promover su Oferta de Bienes y Servicios Ambientales”, en Serie Medio Ambiente y Desarrollo N° 12, CEPAL, Octubre de 2005.

20 junio 2007

Convenio CONAMA - Facultad de Derecho

El 18 de junio tuvo lugar la ceremonia de firma de un convenio amplio de colaboración entre la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la CONAMA.

El convenio evidencia la consolidación del trabajo conjunto que han venido realizando la Facultad, especialmente a través de su Centro de Derecho Ambiental (CDA) y la CONAMA desde que en el año 2000, iniciara sus funciones el CDA. Desde entonces, ambas instituciones han afianzado sus relaciones mediante el apoyo recíproco en labores de investigación; docencia; organización de jornadas y diálogos; y, en la edición de publicaciones académicas de gran valor.

Entre los objetivos del convenio, el CDA destaca que se facilitará el acceso de los alumnos e investigadores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile a las bases de datos con los que cuenta la CONAMA, a fin de facilitar los trabajos de investigación académica y memorias que éstos se encuentren realizando, en temas de interés de ambas instituciones.

Asimismo, se renueva el interés por parte de CONAMA de contar con el apoyo del CDA y de la Facultad, en todo lo que se refiera a perfeccionar la aplicación, interpretación y cumplimiento de la normativa ambiental en nuestro país.

Esta colaboración incluye por cierto la continuidad del Programa de Institucionalidad y Gestión Ambiental para Chile del Bicentenario, lanzado por el CDA el año pasado con el fin de contribuir al proceso de discusión de la reforma de la institucionalidad ambiental.