*Kreuza Alarcón es ayudante del Centro de Derecho Ambiental.
(Foto de La Nación)
Desde el día 8 de Septiembre de 2009 y luego de 27 jornadas en que una columna artificial de 60 metros de agua hirviendo y vapor se elevara ininterrumpidamente por los aires de los montes andinos del norte de Chile, se oyeran fuertes ruidos subterráneos y la situación fuera finalmente controlada, comienzan los inevitables cuestionamientos acerca del posible daño ambiental causado en la zona.
El origen de la fuga esta directamente relacionado con el proyecto de perforación geotérmica profunda, de cuatro pozos, que se realizaba en el sector de campamento CORFO, ubicado al sur del campo de “Geiseres El Tatio”, Región de Antofagasta, con la finalidad de estudiar la factibilidad económica y técnica de obtener energía eléctrica a partir de recursos geotérmicos de la zona, proyecto realizado por la empresa “Geotérmica del Norte S.A”], y que fuera aprobado por la COREMA de Antofagasta por una RCA del 3 de julio de 2008.
El incidente provocó reacciones múltiples, la mayoría de las voces se alzaron en señal de protesta y rechazo ante un proyecto que podía causar daños ambientales irreparables en la zona, ante lo cual la COREMA de Antofagasta tomara cartas en el asunto y solicitara que la empresa responsable entregara información detallada de lo sucedido, incluida la cantidad de fluido descargado durante la fuga, el estado de las tuberías y la seguridad de los trabajadores, determinando además que con fecha 02 de Octubre de 2009 se suspendiera indefinidamente las actividades del proyecto. La empresa aludida emitió el informe técnico que se le solicitaba donde estimaba como causa probable del evento una falla en la proximidad del cabezal de la tubería del pozo N° 10, la cual se encuentra bajo tierra, dificultando con ello la detección de la zona dañada, y donde se señalara que recién con fecha 04 de Octubre recién pasado se habría logrado controlar el evento mediante un complejo sistema de “ahogamiento de pozo”.
A raíz de lo sucedido, todas las miradas se posaron en dichas faenas, y la posibilidad de que se haya producido o no daño ambiental, la discusión acerca de la responsabilidad de la empresa por el incumplimiento en ciertas exigencias de la RCA, o bien de la autoridad ambiental por la errónea calificación y aprobación del proyecto aún se encuentra pendiente. Más aún, la Unidad de Medio Ambiente del Consejo de Defensa del Estado se encuentra recabando información y evaluando si interpondrá acciones legales, demanda de reparación por daño ambiental en contra de la empresa.
Ahora bien, la problemática sobre esta empresa y el proyecto de perforación en los Geiseres del Tatio no provienen del impasse sufrido en septiembre, los conflictos ya se habían suscitado con anterioridad y en diferentes flancos: uno de ellos dice relación con la necesidad de la empresa de contar con recursos hídricos, los cuales como bien sabemos, son de escasez considerable en el norte de nuestro país, y son reclamados por comunidades indígenas como ancestralmente suyos, su afectación podría producir el agotamiento del recurso, junto con las cosechas, el pastoreo y el secamiento de los predios, además la DGA ha declarado el agotamiento de la cuenca del Río Loa y sus afluentes para efectos de la concesión de nuevos derechos de aguas, debiendo la empresa arrendarlos a la Comunidad atacameña dueña de los mismos.
Otros puntos de interés radican por ejemplo en que las perforaciones requieren la utilización de ciertos fluidos con contenido de sustancias toxicas, que podrían contaminar los suelos y las aguas. Los asentamientos humanos pueden afectar la flora y fauna de la zona, desplazando a los animales nativos lejos de la presencia del hombre, en busca de agua y alimento. O bien y de radical importancia, el proyecto afectará directamente a recursos naturales que pertenecen a comunidades indígenas, pudiendo provocar que se vean obligados a dejar sus tierras, sus costumbres y tradiciones, o impidiendo su explotación sustentable, por ejemplo mediante el turismo. Inquietudes todas que fueron planteadas mediante observaciones ciudadanas al Proyecto, mas aún, en palabras de una observación en particular se afirma que el Proyecto es invasivo tanto con las comunidades como con el medio ambiente, impidiendo el desarrollo armónico de las comunidades indígenas con sus tierras.
Por todo lo anterior, la actual discusión acerca de las dramáticas consecuencias del proyecto de perforación, se encuentra fuera de foco. Sin perjuicio de las medidas que deban tomarse para mitigar el daño ambiental de las faenas o de la acción de reparación que corresponda interponer, a causa de la fuga sufrida, ese no es el núcleo de la cuestión, para encontrarlo debemos retroceder en el tiempo, y contemplar la presentación del Estudio de impacto ambiental y la Resolución de calificación ambiental que lo aprueba, o bien a la concesión de exploración minera otorgada a la empresa.
El otorgamiento de una RCA favorable, significa que la autoridad ambiental ha logrado determinar que un Proyecto se ajusta a las normas legales vigentes, sin embargo, en el procedimiento de EIA son admitidas las observaciones ciudadanas; necesidades e intereses de la comunidad respecto del Proyecto, las que deben ser ponderadas por la Autoridad Ambiental determinando si se encuentran o no justificadas. De esta manera existe un análisis previo, mientras se cumpla con la normativa vigente, los potenciales daños ambientales se asumen como un riesgo, pueden tomarse medidas para mitigarlo pero ello no es una certeza.
En este caso, todos los potenciales daños a provocar por el proyecto son menores que el hecho de poder obtener energía eléctrica de una fuente renovable como la geotérmica. En otras palabras, el desarrollo tiene un precio, en pro del desarrollo económico debemos sacrificar otro elemento valioso, la pregunta de fondo no es si estamos o no dispuestos a pagar un precio, sino si el precio o valor otorgado al elemento a sacrificar se ha cuantificado de manera correcta.
NOTAS
[1][1] Resolución de Calificación Ambiental de la Comisión Regional del Medio Ambiente de Antofagasta, de fecha 03 de Julio de 2008, que aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto de perforación geotérmica profunda El Tatio, Fase I”, de Empresa Geotérmica del Norte S.A. Fuente; http://www.e-seia.cl/
[2][2] Ordenanza 6892/2009, de fecha 06 de Octubre de 2009, COREMA Antofagasta.
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Espacio creado en el año 2006 al alero de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile para opinar sobre la actualidad ambiental chilena e internacional. Editora: Valentina Durán Profesora de la Clínica Ambiental. En twitter @valeduran. Las opiniones son emitidas aquí a título personal y no representan a la Universidad de Chile ni a otra institución. Te invito a agregar tus comentarios al final de cada artículo.
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