08 enero 2010

El Tribunal Constitucional aprueba las reformas a la institucionalidad ambiental. Apreciaciones y Perspectivas.


Por Jorge Aranda Ortega, Investigador del CDA, Magíster (c) en Derecho. U. de Chile.

El pasado miércoles 6 de enero, en un fallo divido, el Tribunal Constitucional aprobó el proyecto de ley que crea el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental, y la Superintendencia de Medio Ambiente. Con ello, sólo estaría pendiente la publicación de esta ley para que entre en plenavigencia, salvo, claro está, las potestades sancionadoras de la Superintendencia cuya vigencia pende de la una vacancia legal condicional, a saber, la creación del tribunal ambiental conforme a lo enunciado en el protocolo de acuerdo pactado el año pasado.Sobre la disidencia en este fallo, en términos simples, guarda relación con la enunciación y determinación de la constitucionalidad de un tribunal que, si bien se enuncia, no se crea con el presente acto legislativo. Dicho de otro modo, el Ministro Colombo se preguntó ¿Es posible determinar la constitucionalidad de un ribunal que sólo se enuncia, mas no se crea concretamente? Él estima que no.

Con todo, al darse este paso parece cerrarse un proceso relativamente breve y muy intenso, del cual hemos sido testigos cercanos. Sin embargo, el verdadero éxito de estas reformas dependerá de dos voluntades (en un sentido ordinario y no jurídico) a mí entender. La primera de ellas, es la voluntad de la administración del Estado, teniendo los órganos de la administración la tarea de dar un asidero práctico y concreto a una reforma que, en variados aspectos, parece muy teórica, particularmente desde la óptica del Derecho Administrativo. En el día a día, la costumbre y la práctica se desentienden de la doctrina, y buena parte del éxito de estas reformas pende de aquel desentendimiento sea el menor posible.

Pero la principal voluntad para el éxito de estas reformas es la voluntad política, que deberá legislar en buenos términos la creación de la institución jurisdiccional que haga operativa a la Superintendencia. En este sentido, el actual proyecto que crea el Tribunal Ambiental no estará ajeno al debate y de la polémica. En palabras coloquiales, así como el comentario de pasillo ha afirmado que esta reforma es una verdadera “venganza de los administrativistas”, esta nueva tramitación perfectamente podría ser la “venganza” de otro grupo de interés, ya sea de activismo ideológico (tan sincero como intransigente) o de activismo académico (que nutrió buena parte de esta tramitación).

¿Será esta nueva tramitación un nuevo escenario argumentativo como lo fue el proyecto de Ministerio? ¿Será esta tramitación la "venganza de los procesalistas"? Sospecho que en esta tramitación sucederá algo similar.

Finalmente, más allá del diálogo y de las diferencias entre tecnócratas, académicos, activistas, y legisladores, un fracaso en la consagración de estas dos voluntades, en un mal escenario, podría significar un nuevo orden institucional arrastrando viejos vicios, y un tribunal cuya vacancia condicional sea tan larga que no haga efectivo este elenco reformas de forma exitosa.

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