31 mayo 2007

Histórico Fallo del caso del Plomo en Arica: Corte Suprema condena al fisco a indemnizar daño moral por 2.848 millones

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica, condenando al Fisco a indemnizar el daño moral, provocado a 356 habitantes de Arica, por la internación y acopio de residuos peligrosos (plomo principalmente) autorizados por el Servicio de Salud de esa ciudad. A continuación reproducimos la noticia de El Mercurio.
Los abogados demandantes fueron el equipo de FIMA, integrado por Fernando Dougnac (Premio nacional del medio ambiente 2003), Francisco Ferrada y José Ignacio Pinochet.
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El Mercurio. Jueves 31 de mayo de 2007

Fallo de la Corte Suprema: $2.848 millones deberá pagar el Estado a 2 poblaciones de Arica

Indemnización es por daño moral por contaminación.

Por Cinthya Carvajal

La 3ª Sala de la Corte Suprema resolvió que el Estado deberá indemnizar con $8 millones a cada uno de los 356 habitantes de las poblaciones Cerro Chuño y Los Industriales de Arica, por el daño moral a raíz de los "efectos tóxicos emanados del acopio de residuos peligrosos (...) plomo, zinc, arsénico, cadmio, mercurio y cobre".
En total, el fisco deberá cancelar 2.848 millones de pesos por la internación de 20.901 toneladas de desechos tóxicos, realizada en 1984 por la empresa Promel Ltda.
Fue la compañía sueca Boliden Metal AB la que envió los residuos mineros para almacenarlos en el puerto de Arica, con la autorización del Servicio de Salud.
En el fallo, dictado por los ministros Ricardo Gálvez, Milton Juica, Adalis Oyarzún, Hugo Dolmestch y Héctor Carreño, se explica que los elementos tóxicos ingresaron al organismo de la población por la respiración y los vientos, provocándoles, entre otros síntomas, "caída de cabello, desmayos, vómitos, diarreas, mareos, dolor de cabeza, erupciones en la piel, problemas mentales", lo que a juicio de los jueces es un daño moral que debe ser indemnizado.
Se determinó que el Servicio de Salud incumplió sus obligaciones legales, ya que tenía la responsabilidad de "proteger a la población" de la contaminación, tal como lo resolvió la Corte de Apelaciones de Arica.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Es verdaderamente INSÓLITO el fallo que condena al Fisco de Chile pagar una suma sideral, inicua y desproporcionada. Hemos llegado a convertir la responsabilidad del Estado en un verdadero sistema de seguridad social, lo cual hace que el Estado pierda su razón de ser. Además, con un fallo de esta naturaleza se ocupan recursos de todos los chilenos en unos pocos que mercantilizan su daño en unas pocas monedas. Es de esperar que en vista y consideración de los intereses supremos, generales y permanentes de la Nación chilena, las próximas demandas en contra del Estado sean rechazadas de plano por nuestro jueces, para así promover el bien común de la persona en sociedad.

Anónimo dijo...

plop

alvaro henriquez dijo...

"en vista y consideración de los intereses supremos..." ......de que intereses supremos habla mister Anonimo ???

Lautaro Ferrada Q. dijo...

Este señor "anónimo" que califica el fallo de INSÓLITO, o es el empresario que lucró con el abuso, o su abogado, o algo parecido. Sin conocerlo, me imagino que tiene una "cara de fierro" de aquéllas, porque es muy poco lo de "palo" para esa calaña.

Con lo que sí concuerdo con él, es que son "unas pocas monedas", porque 8 millones no es que solo apenas cubran una parte del sueldo mensual de un gerente de cualquier minera, sino que, no cubren en absoluto el daño real inflingido por esos buitres hipócritas, diría que, remedando a Ximena Ossandón, se trata de una indemnización "reguleque". Aunque es cierto que en un país como el nuestro en que el abuso constituye la norma, tal resultado adquiere un rango histórico. Ni siquiera creo pertinente preguntarle si encuentra que la cifra indemnizatoria sería adecuada de tratatrse de su familia porque, con el nivel de empatía que despliega, no me extrañaría que me respondiese: "¿Por qué me cambias de tema?"

No me queda más que deducir de las palabras de este que se pretende "dueño de Chile" (En consecuencia de su Estado), encuentra que el "bien común", consiste en favorecer a los oligarcas que repletan sus bolsillos enfermando y abusando de hombres, mujeres y niños, los cuales deben reverenciar la "gracia divina" que constituye el genio empresarial, sin la cual estos "flojos muertos de hambre" no tendrían ni trabajo.

¿Qué tendrá que ver Dios con estos criminales de cuello y corbata me pregunto yo? Lo único que se me viene a la mente es: Sodoma y Gomorra.

Lautaro Ferrada Q. dijo...

Este señor "anónimo" que califica el fallo de INSÓLITO, o es el empresario que lucró con el abuso, o su abogado, o algo parecido. Sin conocerlo, me imagino que tiene una "cara de fierro" de aquéllas, porque es muy poco lo de "palo" para esa calaña.

Con lo que sí concuerdo con él, es que son "unas pocas monedas", porque 8 millones no es que solo apenas cubran una parte del sueldo mensual de un gerente de cualquier minera, sino que, no cubren en absoluto el daño real inflingido por esos buitres hipócritas, diría que, remedando a Ximena Ossandón, se trata de una indemnización "reguleque". Aunque es cierto que en un país como el nuestro en que el abuso constituye la norma, tal resultado adquiere un rango histórico. Ni siquiera creo pertinente preguntarle si encuentra que la cifra indemnizatoria sería adecuada de tratatrse de su familia porque, con el nivel de empatía que despliega, no me extrañaría que me respondiese: "¿Por qué me cambias de tema?"

No me queda más que deducir de las palabras de este que se pretende "dueño de Chile" (En consecuencia de su Estado), encuentra que el "bien común", consiste en favorecer a los oligarcas que repletan sus bolsillos enfermando y abusando de hombres, mujeres y niños, los cuales deben reverenciar la "gracia divina" que constituye el genio empresarial, sin la cual estos "flojos muertos de hambre" no tendrían ni trabajo.

¿Qué tendrá que ver Dios con estos criminales de cuello y corbata me pregunto yo? Lo único que se me viene a la mente es: Sodoma y Gomorra.